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La Asociación de Promotores exige a la Federación Española de Boxeo en un comunicado que aclare el marco jurídico de este deporte

Boxeo: Gago vs. Chiky por el título del pluma en Holiday World Benalmádena Costa.

ANTE EL CONFLICTO CON LA AIBA, LA ASOCIACIÓN DE PROMOTORES «ESPERA Y DESEA QUE LA FEB PONGA LOS PIES EN EL SUELO Y TODO PUEDA RESOLVERSE CON LA INTERLOCUCIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE DEPORTES (CSD) SIN NECESIDAD DE ACUDIR A LOS TRIBUNALES»

Texto del comunicado:

«Desde la Asociación de Promotores, y apoyados por el colectivo del boxeo profesional español, queremos plantear de manera pública a la FEB los siguientes puntos:

1.- En primer lugar y ante las dudas que teníamos sobre los estatutos, propuestas de modificación y diversas informaciones que circulaban, decidimos hacer una consulta al único órgano competente para aprobar de manera definitiva estatutos, el Consejo Superior de Deportes, para aclarar cual es el marco jurídico sobre el que debe trabajar la FEB, recibiendo esta categórica respuesta de sus servicios jurídicos:

“En relación con lo anterior, los Estatutos de la Federación Española de Boxeo vigentes a día de hoy son los aprobados por la Comisión Directiva del CSD con fecha 2 de febrero de 2012.”

2.- Teniendo en cuenta que en los estatutos que actualmente tienen vigencia aparecen figuras como el Comité de Boxeo Profesional o siglas como la EBU, WBC, WBO, WBA, IBF… etc etc, y entendiendo que el marco jurídico no ha cambiado aún, desde distintos colectivos profesionales se han solicitado:

– Renovaciones de licencias de boxeador, promotor, etc.

– Permisos de desplazamiento para competiciones

Desde la FEB no se ha recibido ninguna respuesta en sentido positivo o negativo sobre las peticiones o diciendo si falta por cumplir algún requisito. Silencio absoluto.

Al hilo de ello, recordamos el Art 7 del RD 1835/1991 de 20 de Diciembre sobre Federaciones Nacionales deportivas, que dice:

“Las Federaciones deportivas españolas expedirán las licencias solicitadas en el plazo de quince días desde su solicitud, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos deportivos establecidos para su expedición, en sus estatutos o reglamentos. La no expedición injustificada de las licencias en el plazo señalado comportará para la Federación Española la correspondiente responsabilidad disciplinaria conforme a lo previsto en el ordenamiento jurídico deportivo”.

Confiamos en que la FEB se encuentra examinando el cumplimiento o no de los requisitos, aunque al no obtener ninguna respuesta de ningúntipo, solo podemos suponerlo.

3.- En el día de hoy, se ha recibido una propuesta de modificación de Estatutos que, según el propio Presidente de la FEB, ha sido enviada directamente a AIBA, ya que al parecer así se lo habían comunicado en su última reunión.

Recordamos que los trámites para aprobar unos estatutos son: el voto favorable de la Asamblea de la FEB y, en segunda instancia, del Comité de Dirección del CSD, momento este en el cual empiezan a tener vigencia.

PROBOXE

Monopolio AIBA

En la citada propuesta de modificación que al parecer ya se encuentra en tierras suizas, destacamos los siguientes puntos.

1.- Desaparición del Comité de Boxeo profesional.

2.- Desaparición de todos los organismos de boxeo profesional tradicional (EBU-WBC-IBF-WBO-WBA)

3.- Se creará el comité de boxeo APB para lo relacionado con el boxeo profesional, única y exclusivamente bajo las reglas y supervisión AIBA.

4.- La FEB reconoce a la empresa privada Marketing Arm SA, como promotor exclusivo a nivel continental y mundial y no se asociará con ningún otro promotor vinculado con ningún boxeo profesional o con otra organización de boxeo profesional que no sea APB-WSB (es decir, AIBA).

5.- Una persona no podrá ser elegible ni ostentar ningún cargo en la FEB si tiene o ha tenido cualquier cargo o ha estado afiliada a cualquier organización de boxeo profesional distinta de WSB-APB, incluyendo a los boxeadores y entrenadores.

6.- El Comité de Boxeo Amateur pasa a denominarse “Comité de Boxeo AOB” y el Comité de Boxeo profesional se denominará “Comité de Boxeo Profesional APB-WSB”

Llegados a este punto, entendemos la Federación debería denominarse “Federación Española de Boxeo AIBA”.

7.- El campeonato de España, pasa a denominarse “Campeonato de España APB”. (Sí, eso pone, por increíble que parezca).

8.- La famosa “Liga de Boxeo Profesional”, desaparece.

9.- Se llega incluso a imponer que “En caso de discrepancia entre los estatutos y las normas de la FEB y las normas de AIBA, prevalecen las normas AIBA”.

Encontramos muy complicado calificar adecuadamente estas propuestas que atentan contra la propia independencia y soberanía nacional de España.

Al día de hoy aún no se ha presentado un solo documento de la AIBA donde se nos exija de manera explícita al boxeo español en su totalidad este chantaje.

Consideramos importante dar a conocer todos estos aspectos a la opinión pública y a todos los implicados.

Esperamos y deseamos que la FEB ponga los pies en el suelo y que todo pueda resolverse con la interlocución del CSD y que se pueda parar este sinsentido, sin necesidad de llegar a los tribunales».

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